Coincidiendo con lo expuesto por el jurista Miguel Carbonell, el legislador local del PAN y abogado Javier Dagnino expresó que la figura del fuero podría modificarse para quitarle facultades a los representantes populares cuando estos hacen mal uso o cometen algún exceso sin embargo pretender derogarlo como en su momento los expusieron los legisladores del PRI es evidentemente anticonstitucional que obedece más a intereses sexenales, de partido o de grupo.
El hecho de eliminar la presunción de inocencia y tomar solo en cuenta la vinculación del delito para eliminar el fuero algún representante popular como lo explicó el jurista Miguel Carbonell sería abrir la posibilidad al poder ejecutivo para manipular o inculpar algún adversario político que no está de acuerdo con alguna iniciativa o línea política del ejecutivo señaló Javier Dagnino.
“Podrían sembrarle droga u otro tipo de delito como ha sucedido recientemente con el objetivo de solo inculparlo para eliminarlo del puesto de elección popular sin embargo donde queda la presunción de inocencia como lo destacó Miguel Carbonell que contempla la constitución en todo caso primeramente se debería valorar ambos conceptos y ser juzgado conforme a derecho y de resultar evidentemente culpable entonces sí eliminar el fuero” agregó.
Al respecto el legislador expuso en la mesa de analisis que antes ser diputado es un ciudadano y la figura del suplente debe con anticipación respetarse de manera que cuando el titular del cargo claramente sea juzgado por algún acto de corrupción este lo sustituya y no los partidos políticos.
«La intención es amarrarle las manos a los partidos políticos de intervenir ilegalmente en las funciones que libremente les otorgan a los legisladores y suplentes una vez que ya decidieron quienes serías sus representantes populares como lo marca la ley electoral independienmente al que partido pertenescan». remató
En respuesta Miguel Carbonell reconoció que lo expuesto por el diputado Javier Dagnino es una propuesta viable para modificar la figura del fuero constitucional.













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